SANTO DOMINGO. — El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), mediante la Resolución No. 641-04, aprobó una modificación a la Normativa sobre el Subsidio por Enfermedad Común, con el objetivo de flexibilizar y facilitar el proceso de solicitud de este beneficio para los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
La modificación incorpora un nuevo párrafo al artículo 9 de la normativa, relacionado con la validez del certificado médico. A partir de esta disposición, el certificado será válido, para fines de aplicación, interpretación y tramitación del subsidio, tanto si contiene el sello del médico tratante como si presenta el sello de la prestadora de servicios de salud donde el afiliado recibió atención médica.
Con esta medida, el CNSS amplía los criterios para validar los certificados médicos, buscando simplificar los trámites y facilitar un acceso más oportuno al subsidio cuando una enfermedad común impida temporalmente al trabajador desempeñar sus labores.
El certificado médico deberá contener las informaciones esenciales que respalden la licencia, incluyendo:
Nombre y cédula del médico.
Firma y número de exequátur del médico tratante.
Sello del médico o de la prestadora de servicios de salud.
Identificación del afiliado.
Diagnóstico principal.
Modalidad y cantidad de días de incapacidad.
Fecha de inicio de la licencia médica.
El CNSS señaló que esta actualización forma parte de su compromiso con el desarrollo progresivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social, mediante la revisión y adecuación de sus normativas para promover procedimientos más ágiles, eficientes y accesibles para los afiliados.
Fuente: Central Noticias RD
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